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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42317 >> Fecha 20/04/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42317 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°.De las obligaciones de la persona empleadora. Las personas empleadoras en el ejercicio de sus funciones deberán:

a) Cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y las indicadas en los protocolos y medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud, el Poder Ejecutivo y demás autoridades públicas, para los centros de trabajo ante la declaratoria de emergencia sanitaria del COVID-19.

b) Informar a las personas trabajadoras sobre el contenido de los protocolos establecidos por las autoridades públicas para los centros de trabajo ante la emergencia sanitaria del COVID-19.

c) Mantener los centros de trabajo en las condiciones de inocuidad y seguridad establecidas en los protocolos por las autoridades públicas.

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