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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42407 >> Fecha 18/06/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42407 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3°.- Vigencia. El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los dieciocho días del mes de junio de dos mil veinte.

 

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