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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42399 >> Fecha 04/06/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42399 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3.- Del Modelo. El Modelo es de adopción facultativa por parte de las personas jurídicas. En caso de adoptarse, deberá contener los requisitos mínimos establecidos en la Ley N° 9699 y el presente reglamento.

La implementación del Modelo a lo interno de las personas jurídicas tendrá como fin primordial prevenir, detectar y mitigar la comisión de los delitos contemplados en el artículo 1 de la Ley N° 9699.

El Modelo puede ser implementado de manera independiente, o como parte de otros modelos o sistemas de gestión de cumplimiento locales o globales de la persona jurídica o de su grupo.


 

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