Artículo 3.- Definiciones. Para los efectos del presente
reglamento se entiende lo siguiente:
a)
"Estado sentenciante" significa el Estado en el cual se impuso la
sentencia a la persona que puede ser, o ha sido, transferida;
b)
"Estado administrante" significa el Estado al cual la persona
sentenciada puede ser, o ha sido, transferida para cumplir su sentencia
|