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 Normativa >> Acuerdo 03 >> Fecha 12/01/2009 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 03
Modificación del Aviso 03-08, publicado en Boletín Judicial N° 19 de 28 de enero de 2008, sobre el “Salario base sobre el cual se definen las penas a aplicar por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal, durante el año 2008
Texto Completo acta: C2CF9 AVISO Nº 03-09

AVISO Nº 03-09



 



Asunto:            Modificación del Aviso 03-08, publicado en el Boletín Judicial 19 del 28 de enero del 2008, sobre el "Salario base sobre el cual se definen las penas a aplicar por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal, durante el año 2008".



 



A LAS AUTORIDADES JUDICIALES QUE TRAMITAN



LA MATERIA PENAL, INSTITUCIONES, ABOGADOS



Y PÚBLICO EN GENERAL



SE LES HACE SABER QUE:



 



El Consejo Superior en sesión 96-08 , celebrada el 11 de diciembre de 2008, artículo XLIX, en cumplimiento de lo establecido en el Transitorio I de la Ley 8656 denominada "Modificación de varios artículos de la Ley de Procedimientos y Observaciones de los Derechos de Propiedad Intelectual, 8039, que fue publicada en La Gaceta N° 154 de 11 de agosto de 2008, autorizó modificar el texto del Aviso 03-08, publicado en el Boletín Judicial 19 del 28 de enero del 2008, sobre el "Salario base sobre el cual se definen las penas a aplicar por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal, durante el año 2008", para que en adelante se lea:



"El Consejo Superior en sesión 02-08 celebrada el 10 de enero de 2008, artículo LXXIII, de conformidad con el párrafo 3° del artículo 2° de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 92 del 14 de ese mes, que reformó varios artículos del Código Penal, acordó comunicarles que a partir del 1° de enero de 2008, el salario base a aplicar para definir las penas por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el referido Código es del ¢227.000,00 (doscientos veintisiete mil colones exactos).



Asimismo se les comunica que a partir del 11 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2008, el citado monto también rige de conformidad con lo establecido a raíz de la entrada en vigencia de la Ley N° 8656 denominada "Modificación de varios artículos de la Ley de Procedimientos y Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, 8039."



San José, 12 de enero de 2009.



 



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/4/2024 06:40:43
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