- ARTÍCULO 7.- Ejecución
de las operaciones individuales de la red vial cantonal. La
ejecución de las operaciones individuales de la red vial cantonal será
realizada por el MOPT, en coordinación con las municipalidades y los
concejos municipales de distrito.
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Para dar cumplimiento a esta actividad, el Gobierno de la República,
dentro del marco de estos convenios, deberá destinar doscientos millones
de dólares de los Estados Unidos de América (USD 200.000.000,00) de los
fondos provenientes del Convenio de cooperación para el financiamiento de
proyectos de inversión CR-X1007, a los Programas de la Red Vial Cantonal.
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De la totalidad de esta suma, las municipalidades tendrán una asignación
de recursos disponibles para proyectos de caminos, de acuerdo con los
siguientes parámetros: el sesenta por ciento (60%) según la extensión
de la red vial de cada cantón, y un cuarenta por ciento (40%) según la
cantidad de población de cada cantón, conforme las cifras más
actualizadas del Instituto Nacional de Estadística y Censos.
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El MOPT someterá a aprobación de la Asamblea Legislativa el primer PRVC,
por sesenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD
60.000.000,00) que ya fue aprobado por el Directorio del BID con el número
de préstamo 2098/OC-CR.
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Para participar en el programa, cada municipalidad deberá firmar un
convenio de participación con el MOPT, en el que se definirán las
responsabilidades de las partes. Para ello, el MOPT, en un plazo máximo
de dos meses, a partir de la vigencia del Contrato de préstamo
2098/OC-CR, tendrá debidamente consensuado con las autoridades
municipales y el BID el convenio rector en esta materia.
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El Programa de la Red Vial Cantonal 2098/OC-CR prestará asistencia técnica
a las municipalidades, de manera que puedan presentar al MOPT proyectos de
caminos para su ejecución, hasta por los montos que les correspondan, según
cada programa individual, debidamente priorizados en el plan de conservación
y desarrollo vial (PCDV) de cada municipalidad, el que debe resultar
coherente con los planes quinquenal y anual operativo de inversiones
viales municipales, elaborados por la Junta Vial Cantonal.
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Los caminos de la red vial cantonal para ser elegibles para el
financiamiento de obras con cargo a los recursos de los Programas de la
Red Vial Cantonal deberán cumplir los requisitos institucionales, técnicos
de ingeniería, ambientales y económicos contenidos en el manual de
operaciones de los programas, tal como se establece en el Anexo Único del
Contrato de préstamo 2098/OC-CR.
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Si transcurrido un plazo de dos años, contado desde la fecha de vigencia
del préstamo 2098/OC-CR, alguna municipalidad no ha presentado proyectos,
aprobados por el MOPT y el BID, por el treinta por ciento (30%) del total
que le corresponda, de acuerdo con el párrafo segundo de este artículo,
se disminuirá su participación total en el cincuenta por ciento (50%) de
la diferencia entre el máximo de participación otorgado y la suma en dólares
estadounidenses de los proyectos presentados y aprobados. En caso de que
alguna municipalidad aún no haya presentado proyectos por el total que le
corresponda al término de cuatro años, desde la vigencia del préstamo
2098/OC-CR, su participación se disminuirá en la diferencia entre dicho
total y la suma de montos de los proyectos presentados. Los montos que
queden libres, de acuerdo con estos procedimientos, serán redistribuidos
entre las municipalidades participantes, de acuerdo con los criterios de
extensión de red y cantidad de población, establecidos anteriormente.
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El plazo para presentar proyectos será acorde con la vigencia de cada
programa individual de crédito.
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En los contratos de préstamos individuales se deberán incluir los
compromisos que asumirán las municipalidades, para garantizar el
mantenimiento posterior a las obras rehabilitadas.
- (Así
reformado por el artículo 4° de la ley "Aprobación del
primer Contrato de Préstamo N° 2007/OC-CR, suscrito entre la República
de Costa Rica y Banco Interamericano de Desarrollo, celebrado en el
marco de Convenio de Cooperación para financiamiento de proyectos
de inversión (CR-X1007) para financiar primer programa de
infraestructura vial (PIV I)", N° 8845 del 25 d ejulio de
2010)