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Artículo 31.-(Derogado
por el artículo 264 de la Ley General de Migración y Extranjería, N° 8487 del
22 de noviembre de 2005, "Ley de Migración y Extranjería del 19 de agosto
de 2009".
Posteriormente vuelto a derogar por el artículo 267 de la Ley General de
Migración y Extranjería, N° 8764 del 19 de agosto de 2009)
(Así modificada su numeración por el artículo
5° de la ley Impulso a las marinas turísticas y desarrollo costero, N° 9977 del
5 de abril del 2021, que lo traspaso del antiguo artículo 24 al 31)
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