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 Normativa >> Ley 8624 >> Fecha 01/11/2007 >> Articulo 25
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Normativa - Ley 8624 - Articulo 25
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Artículo 25    (No vigente*)
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ARTÍCULO 25

ARTÍCULO 25.- Remate fracasado

 

Si en el primer remate no hay postor, se darán diez días hábiles para realizar el segundo remate; la base se rebajará en un veinticinco por ciento (25%) de la original. Si para el segundo remate no existen oferentes, se celebrará un tercer remate dentro de diez días hábiles. El tercer remate se iniciará con un veinticinco por ciento (25%) de la base original y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, por el veinticinco por ciento (25%) de la base original.


 

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