ARTÍCULO 3
ARTÍCULO 3.- Deróganse:
a) Los
artículos 2 y 9 de la Ley de protección al representante de casas extranjeras,
Nº 6209, de 9 de marzo de 1978, y sus reformas.
b) El
inciso b) del artículo 361 del Código de Comercio, Ley Nº 3284, de 30 de abril
de 1964.
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