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 Normativa >> Ley 8629 >> Fecha 30/11/2007 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 8629 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3

ARTÍCULO 3.- Deróganse:

a) Los artículos 2 y 9 de la Ley de protección al representante de casas extranjeras, Nº 6209, de 9 de marzo de 1978, y sus reformas.

b) El inciso b) del artículo 361 del Código de Comercio, Ley Nº 3284, de 30 de abril de 1964.


 

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