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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38365 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38365 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26.—Las redistribuciones de recursos a nivel de Programa asignados a una partida, siempre y cuando no exceda el monto total aprobado en esa partida, previa autorización del área competente, serán ejecutadas por la Unidad de Presupuesto (Traslado Presupuestario).

Una vez aprobada y ejecutada la modificación respectiva, la Unidad de Presupuesto informará al programa correspondiente.


 

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