Artículo
5°—Publicación de la lista con la totalidad de valores:
Publicase la “Lista de Valores de Vehículos Automotores, Embarcaciones y
Aeronaves”, incorporándole la totalidad de los valores de referencia para
vehículos automotores y el respectivo mecanismo para estimar los valores
específicos y la totalidad de las embarcaciones y aeronaves registradas en la
base de datos del Sistema de Información Integral de la Administración
Tributaria (SIIAT). Se define el valor para los bienes en mención de
conformidad con la lista adjunta, la cual además servirá de base para
determinar el valor fiscal para efectos de lo establecido en el artículo 18 de
la Ley número 9078.
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