CAPITULO II. TRANSPARENCIA Y DIVULGACIÓN
ARTÍCULO 8. Informe Público Anual. Se instruye a los sujetos cubiertos por la
presente Directriz para que en la Memoria o Informe Anual de Labores procedan a
incorporar la siguiente información:
a) Los objetivos, competencias, obligaciones y servicios brindados.
b) La existencia de un Plan Estratégico Institucional (PEI), sus
características generales, si tiene una línea base cuantitativa y metas
definidas, cómo se elabora, quiénes participan en el proceso, cómo se divulga y
cuál es su proceso de monitoreo y evaluación.
c) En caso de que existan otros accionistas diferentes al Estado, la
titularidad mayoritaria sobre las acciones y los derechos de voto, así como
medidas de protección al accionista minoritario.
d) La conformación de los órganos de dirección, indicando sobre sus
miembros, sus méritos y atestados; funciones y potestades; el proceso de su
selección; los cargos directivos desempeñados en otras empresas; y si son
considerados como miembros independientes por parte de la junta directiva u
órgano de dirección.
e) La política de remuneraciones aplicada a los miembros del órgano de
dirección y alta gerencia. Esto incluye señalar si la misma está relacionada o
no con su desempeño o con los resultados de la empresa a corto o largo plazo,
así como la indicación de cualquier beneficio adicional a la remuneración,
tales como compensaciones, reembolsos, bonificaciones y otros, financieros o no
financieros, consecuencia del cargo. Deberá indicarse la fuente legal que rige
para cada uno de estos aspectos.
f) Se deberá incluir información sobre los mecanismos previstos para
abordar cualquier eventual situación relativa a conflictos de interés,
particularmente entre los miembros de los órganos de dirección y la entidad.
g) Indicación sobre si existen o no planes de sucesión que aseguren la
continuidad en el manejo y administración de la entidad.
h) Indicación sobre si existen o no procesos de evaluación del desempeño
de la alta gerencia y de su junta directiva u órgano de dirección. En caso de
que se cuente con evaluaciones, se deberán incluir los métodos y resultados del
proceso, el instrumento y los parámetros utilizados, y si en ellos se consideró
de manera prioritaria la opinión de los clientes, usuarios o consumidores,
según sea la naturaleza de la gestión de la entidad de que se trate.
i) Los estados financieros auditados anuales del periodo más reciente
disponible, presentados al público en condición y detalle que reflejan los
resultados financieros y la situación financiera de la entidad, a efectos de
una comprensión general del público. Lo anterior implica que deberá incluirse
una versión simplificada pero suficiente del balance general y de los
principales cambios en el patrimonio; la declaración de pérdidas y ganancias;
la balanza de comprobación del periodo, los puntos clave de las notas sobre los
estados financieros y las Notas Contables Complementarias y matrices de
autoevaluación de cumplimiento de normativa, así como los planes de acción
respectivos (cumplimiento de acciones pendientes para la aplicación total de cada
norma vigente) solicitados por la Contabilidad Nacional.
Debe incluir también la opinión recibida sobre el estado financiero; así
como cualquier dato relevante y análisis horizontal y vertical que pueda
transmitir información necesaria para la comprensión sobre el desempeño de la
entidad(razones financieras y no financieras relacionadas con liquidez,
apalancamiento, endeudamiento, rentabilidad, y otras).
j) Los métodos y resultados de los procesos de evaluación existentes
sobre el desempeño de la institución, prioritariamente aquellos resultados
relativos a la calidad en la gestión de las empresas o instituciones.
k) Relaciones con partes vinculadas o relacionadas, entendidas estas
como personas o entidades con las cuales existan vinculaciones de propiedad o
gestión. Sobre éstas, se debe indicar los detalles relativos a posibles
operaciones materiales con ellas, ya sea de forma individual o en grupo,
independientemente de si se han llevado a cabo a precios y en condiciones
normales de mercado. Se debe incluir especialmente información sobre aquellas
transacciones entre partes vinculadas que se puedan considerar significativas
por la existencia de un mayor riesgo al usual, o porque el monto de lo transado
supera los estándares de normalidad en el giro comercial ordinario. En este
último caso, se debe incluir información sobre el proceso en la toma de
decisiones respecto de tales transacciones.
l) Resultados de la evaluación del Sistema Específico de Valoración de
Riesgo Institucional (SEVRI), identificando posibles riesgos materiales y sus
mecanismos de mitigación, entre los que pueden citarse: los riesgos específicos
de la industria o zonas geográficas en las que la sociedad desarrolla su actividad;
la dependencia de determinadas materias primas; los riesgos de los mercados
financieros, incluidos los tipos de interés y el riesgo cambiario; el riesgo
asociado a las operaciones sobre derivados y los riesgos asociados a
responsabilidades en el ámbito medioambiental.
m) Temas relevantes en materia de recursos humanos a los efectos de la
competitividad o efectividad de la entidad. Debe incluir información relativa a
los programas para el desarrollo y la formación de los recursos humanos; las
tasas de permanencia de los empleados; y cualquier dato relevante que pueda
transmitir información necesaria para la comprensión sobre el desempeño de la
entidad.
n) Situaciones relacionadas con los procesos en firme sobre creación de
nuevas empresas subsidiarias, fusión o adquisición parcial o total en las que
se vea involucrada, ya sea como adquirente o empresa adquirida.
o) Indicación sobre si existen o no previsiones o políticas relativas a
la ética, la protección del medio ambiente y/o sostenibilidad, así como las de
Gobierno Corporativo; y las excepciones a estas en caso de que existan.
p) La existencia o no de mecanismos de auditoría interna o externa, sus
funciones, la forma de su contratación, así como un resumen sucinto sobre los
resultados de las labores de dichas auditorías y el seguimiento que se da por
parte de la entidad a los señalamientos hechos en los informes que rindan.
q) Cualquier otro dato, tema, o información que el órgano de dirección
de la entidad considere oportuno incluir.
Como parte del análisis, se insta a la utilización de diferentes
instrumentos (por ejemplo: gráficos o cuadros), los cuales deben reflejarse
adecuadamente en el índice del documento.
Además, se instruye a las entidades a emitir declaraciones públicas,
accesibles en su sitio web, que resuman el impacto de cambios en sus
circunstancias, en su mercado o en el entorno (eventos materiales) cada vez que
estos eventos resulten significativos. Estas deben actualizarse, como mínimo,
cada tres meses.
En el caso de las instituciones que cumplen con la publicación anual de
informes sobre Gobierno Corporativo, se les instruye a incluir una breve
descripción de este dentro de sus informes anuales de gestión, y asegurarse de
que toda información indicada en la presente Directriz, sea incluida en sus
informes de Gobierno Corporativo.