ARTICULO 40- Se adiciona un
inciso g) al artículo 18; un inciso f) al artículo 24 del Código Municipal, Ley
7794, de 30 de abril de 1998. Los textos son los siguientes:
Artículo 18- Serán causas
automáticas de pérdida de la credencial de alcalde municipal:
( . . . )
g) Lo señalado por el
artículo 28, inciso b), de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar
la Violencia contra las Mujeres en la Política, en caso de que la sanción sea
fa pérdida de credenciales.
Artículo 24- Serán causas
de pérdida de la credencial de regidor:
(. .. )
f) Lo señalado por el
artículo 28, inciso c), de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar
la Violencia contra las Mujeres en la Política, en caso de que la sanción sea
la pérdida de credenciales.
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